Noticia La reforma del Código Penal de Gallardón llega oficialmente al Congreso

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La reforma del Código Penal de Gallardón llega oficialmente al Congreso con la publicación del proyecto de ley en el Boletín Oficial. Castigará con 6 años de cárcel a los propietarios de webs de enlaces y con 1 año de prisión a los que envíen mensajes por Twitter que provoquen la alteración del orden público.


La polémica reforma del Código Penal propuesta por el actual ministro de Justicia del Gobierno de España, Alberto Ruiz Gallardón, ha llegado hoy oficialmente al Congreso de los Diputados como paso inicial de su tramitación parlamentaria.

Hasta el momento, solo conocíamos el borrador de la reforma del Código Penal de Gallardón por los textos publicados en la web del Departamento de Derecho Penal de la Universitat de Barcelona.

Hoy, sin embargo, con la entrada del proyecto de ley en el Congreso, se oficializa a nivel parlamentario el castigo a la libertad en Internet y la criminalización oficial de los propietarios de webs de enlaces. Un paso atrás, sin duda, en los derechos de la ciudadanía, ya que compartir enlaces sería considerado más grave que poseer pornografía infantil, en base a la actual redacción de la reforma del Código Penal de Gallardón.

Una polémica reforma que busca ser "justa"


No deja de ser irónico que ante uno de los proyectos de ley más polémicos de los últimos años, la exposición de motivos de la propia reforma del Código Penal de Gallardón, registrada en el Congreso de los Diputados, hable de la necesidad de "aplicar resoluciones judiciales que la sociedad perciba luego como justas". En la página 15 del documento se recoge que:


La regulación actual de los delitos contra la propiedad intelectual presenta algunas deficiencias que deben ser corregidas

¿Significa entonces que el Gobierno de España considera deficiente los castigos relacionados con delitos de la **propiedad intelectual, y por lo tanto propone penas punitivas contra los propietarios de páginas de enlaces superiores mayores que las aplicadas a los delitos por lesiones, los delitos por malos tratos o el homicidio por imprudencia grave?

Recordemos que, en base a la actual redacción de la reforma del Código Penal de Gallardón, los propietarios de webs de enlaces podrían ser castigados con hasta 6 años de cárcel. Esto es debido a la reforma de los artículos 270 y 271 del actual Código Penal, que agrava este castigo por encima de otros delitos como la agresión sexual con violencia (5 años de prisión según el artículo 178.1 del Código Penal) o el facilitar la prostitución infantil (castigado con el mismo tiempo de cárcel).

¿Es esta la "justicia" que propone realmente la reforma del Código Penal de Gallardón? ¿La que incluso permite que, por la modificación del artículo 350, la policía tenga permitido el uso de spyware? ¿Dónde quedan entonces los procesos garantistas de protección de la intimidad personal y la dignidad de la persona?

Una reforma pensada a golpe de titulares


El proyecto de ley que recoge la reforma del Código Penal de Gallardón no solo modifica aspectos importantes relativos a los derechos de la propiedad intelectual. Es, sin duda, una iniciativa promovida desde el corazón de los debates suscitados en los programas del corazón.

Nadie entendería, en cualquier otra parte del mundo, que se permitiera legislar en caliente como respuesta a terribles sucesos como el caso Marta del Castillo. Y es que además de los cambios que antes comentábamos, existen otras modificaciones exigidas desde los platós de televisión, tales como la prisión permanente revisable.

La última polémica que introduce la reforma del Código Penal de Gallardón es la tipificación como delito de la difusión de mensajes que inciten a alterar el orden público. Y es que dentro de estas alteraciones del orden público se encuentran las manifestaciones no autorizadas, como las que se llevan a cabo en España desde la irrupción del movimiento 15-M.

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Pedro Villarrubia (Flickr)


¿Significa entonces que la publicación de un mensaje en Twitter apoyando manifestaciones de este tipo es delito? Por increíble que parezca, sí. La difusión de este tipo de tuits estará castigada con hasta 1 año de prisión por parte de las autoridades.

Sin lugar a dudas, estamos ante un proyecto de ley que ataca frontalmente los derechos fundamentales y las libertades individuales de las personas. Una reforma que, de aprobarse con su actual redacción, provocaría un retroceso jurídico enorme a épocas pasadas.

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