Noticia La privacidad de la huella digital y otros datos biométricos

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La llegada de la huella digital a las plataformas móviles es un hecho y así podemos ver ya cómo podemos por ejemplo hacer pagos con el uso de ésta, pero eso es tan sólo una opción, entre otras tantas como por ejemplo simplemente desbloquear el móvil:

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Pero las plataformas digitales no se quedan ahí y vemos cómo ya monitorizan nuestro ritmo cardíaco, incluso biometrizan nuestra voz o incluso sistemas avanzados permiten exploraciones de retina. La pregunta es: ¿qué ocurre con la privacidad de la huella digital?

La privacidad de la huella digital, a debate


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Resulta interesante pensar en cómo las empresas utilizan esta información y cuáles son los derechos de los usuarios para proteger este tipo de datos. Y lo único que encontramos al respecto es que tan sólo los tribunales son los que pretenden proteger todos estos datos que permiten nuestro reconocimiento.

Esto ha sido gracias a una serie de demandantes que se han aventurado a un proceso judicial para conseguir avanzar en este tema gracias a una ley de Illinois denominada Ley de Privacidad de la Información Biométrica, aprobada en el año 2008. Tal es así, que parte de los demandados son los gigantes tecnológicos como la mismísima Google o Facebook.

El origen de dicha ley se origina tras la quiebra de una empresa que permitía pagos con huella digital, y durante su quiebra hizo un intento de vender esta base de datos.

A partir de ahí, lo más curioso es que estos procesos judiciales están avanzando, buscando sentar precedente y pretendiendo mejorar la ley actual, si bien la actual ya exige a las empresas obtener el consentimiento escrito de los clientes antes de recoger sus datos biométricos. Pero no sólo eso, también prohíbe su venta por ejemplo o establecer las circunstancias que pueden exigir la eliminación de los mismos.

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Las sanciones serán duras, pues se considera que por ejemplo violar los datos de DNI o número de seguridad social podrían en caso crítico ser subsanados con un cambio, pero ¿qué pasa si nos roban nuestros datos biométricos? ¿Qué pasa si una empresa ya tiene nuestra cara parametrizada? Ahí fue por ejemplo demandada Facebook con su servicio de auto etiquetado en fotografías.

A partir de ahí, las grandes empresas intentan protegerse argumentando diferentes motivos: desde que en un país no puede prevalecer la ley de un solo estado de EEUU hasta que los demandantes no reclaman daños.

Todo esto condujo a que se definiera un código de conducta para las empresas que utilizan estas tecnologías, pero finalmente no llegó a buen puerto pues se consideraron como recomendaciones de privacidad inaplicable. Pero esto llega también a nivel gubernamental, donde el FBI podría ver comprometido su programa de reconocimiento facial, pero ante el cual tampoco se toma ninguna medida.

Aunque en sitios como Canadá y Europa sí se han conseguido cambios, como que Facebook deje de sugerir etiquetas en las fotos, obviando así el reconocimiento fácil. Mientras tanto, en EEUU siguen debatiendo si proclamar una enmienda a esta ley por ejemplo para excluir fotos o imágenes. Y nosotros pensando en, ¿dónde está almacenada realmente toda esa información sobre nosotros? ¿Está bien gestionada la privacidad de la huella digital?

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