Noticia ¿Es posible que salvar una vida pueda dejar en la calle a un donante?

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  • Los colectivos de donantes vivos denuncian problemas laborales e incluso despidos.
  • La legislación no protege de forma suficiente a las personas que deciden donar un órgano en vida para trasplantes.

"Soy donante vivo de órganos. La vida de mi hija dependía de que yo le donara parte de mi hígado. Así que me pedí unos días de baja y otros de vacaciones para poder desplazarme a Madrid y someterme a la operación. A una semana de la intervención, fui llamado al despacho del director de Recursos Humanos y me despidieron. Lo que más me dolió fueron sus palabras: 'Así podrá usted dedicarse mejor a cuidar a su hija'". Así comenzaba una petición en change.org de la que se hicieron eco hace unos días varios medios de comunicación y que ha recogido casi 270.000 firmas en el momento de la publicación de este artículo.

Los colectivos de donantes vivos denuncian problemas laborales e incluso despidos por someterse a las intervenciones

La reivindicación para proteger laboralmente a los donantes vivos ha sido impulsada por la Asociación Española de Ayuda a Niños con Enfermedades Hepáticas y Trasplantados Hepáticos (HEPA). La organización forma parte de la Federación Nacional de Enfermos y Trasplantados Hepáticos (FNETH), que "apoya totalmente la petición en change.org", aunque desconoce el número total de perjudicados en España, según explica la entidad a Hipertextual. La HEPA defiende que "un porcentaje muy alto de los padres que hemos donado un órgano hemos tenido problemas laborales y en la mayoría de los casos hemos perdido nuestro puesto de trabajo".

Problemas laborales y despidos


Los afectados por estas contrariedades son los donantes vivos, es decir, aquellas personas que efectúan la donación de órganos, o de parte de ellos, cuya extracción sea compatible con la vida y cuya función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura. Como explican Mª Carmen Moreno y Joan Mª Estrada en un trabajo publicado en la revista Nursing, es posible donar tejidos como sangre o médula ósea y órganos sólidos como el riñón o segmentos como el hígado, el páncreas y el pulmón. Según la Ley 30/1979 sobre extracción y trasplante de órganos, los donantes vivos deben ser mayores de edad, gozar de plenas facultades mentales y de un buen estado de salud.

La legislación laboral no protege a los donantes vivos como sí hace en casos como personas que se acogen a reducción de jornada o embarazadas

"Las personas sanas que en vida donan un órgano a una persona enferma se enfrentan a la falta de un reconocimiento oficial de baja por incapacidad temporal", lamenta la asociación HEPA en la solicitud en change.org. A juicio del abogado laboralista Pere Vidal, el problema reside en que "los donantes de órganos no están en una situación especialmente protegida frente al despido", algo que sí ocurre en el caso de las mujeres embarazadas o las personas que se acogen a reducciones de jornada por guarda de hijos. En estas situaciones, si la empresa echa al trabajador, el despido solo puede ser declarado procedente (existe causa disciplinaria u objetiva para extinguir el contrato) o nulo (readmisión obligatoria con pago de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la efectiva readmisión).

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Bluebay | Shutterstock

La legislación laboral protege estos casos evitando que se pueda declarar un despido como improcedente, por el cual la empresa puede readmitir al empleado o pagarle una indemnización según prefiera la propia compañía. "Las empresas 'saben' que pueden despedir a un empleado que está de baja (Incapacidad Temporal) consecuencia de una donación de órgano en vivo, sin más riesgo que el de que el despido se declare improcedente (es decir, pagando la indemnización, pero sin riesgo de que les obligue a readmitirlo", comenta Vidal, profesor colaborador de Derecho del Trabajo de la Universitat Oberta de Catalunya. En otras palabras, los donantes vivos están considerados como cualquier otra persona que se encuentre de baja, sin que se proteja su especial consideración de que "salvan vidas", como reclaman asociaciones como la HEPA o la FNETH.

Las empresas pueden echar a los donantes vivos y que el despido sea declarado nulo, procedente o improcedente, sin que ahora mismo se pueda considerar como una decisión discriminatoria

Pere Vidal explica a Hipertextual que el Tribunal Constitucional ha rechazado que pueda considerarse como "decisión discriminatoria" el hecho de despedir a un trabajador basándose en "la pretendida incapacidad del trabajador para desarrollar su trabajo por razón de su enfermedad". Según la legislación laboral, un despido de este tipo puede considerarse procedente o improcedente, una línea también seguida por el Tribunal Supremo. De ahí que los colectivos afectados exijan la regulación de este tipo de situaciones para proteger a los empleados y que no puedan ver limitadas sus condiciones laborales o ser incluso despedidos por el mero hecho de donar un órgano en vida. Rafael Matesanz, director de la Organización Nacional de Trasplantes, también se ha unido a esta petición reclamando al Ministerio de Empleo que implemente medidas para evitar los problemas laborales que, según los denunciantes, sufren a día de hoy muchos donantes vivos.

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