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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado hoy a favor de la eliminación de los resultados en búsquedas relacionadas con datos personales en Google, si el afectado en cuestión así lo solicita. Según esta sentencia, tanto el gigante de Mountain View como otros motores de búsqueda estarán obligados a borrar de sus listas de resultados los enlaces a webs publicadas por terceros que contengan información relativa a la persona. La solicitud se realizará directamente al gestor de la plataforma de búsqueda que será el encargado de examinar si la petición está fundamentada. En caso de no acceder, el usuario tendrá derecho a acudir a los tribunales para que se estudie el caso y, de tener razón, exigir la retirada al buscador.
Para conocer el punto de partida de esta resolución hay que remontarse seis años atrás. Por entonces el español Mario Costeja recurrió a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para que Google retirara un enlace a una página del periódico La Vanguardia, en el que se reflejaba un anuncio de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo de la Seguridad Social en el que esta persona se vio involucrada en 1998. A pesar de que la deuda estaba ya saldada, Mario continuaba apareciendo en el buscador junto a esta información -con el consiguiente daño que provocaba a su reputación-, por lo que pidió ayuda a la AEPD. Esta agencia solicitó a Google que se eliminaran los citados datos, pero la compañía se negó, alegando que tal movimiento pondría en juego la neutralidad y transparencia del buscador, y decidió recurrir a la Audiencia Nacional.
Continue reading Europa defiende el 'derecho al olvido' frente a Google
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado hoy a favor de la eliminación de los resultados en búsquedas relacionadas con datos personales en Google, si el afectado en cuestión así lo solicita. Según esta sentencia, tanto el gigante de Mountain View como otros motores de búsqueda estarán obligados a borrar de sus listas de resultados los enlaces a webs publicadas por terceros que contengan información relativa a la persona. La solicitud se realizará directamente al gestor de la plataforma de búsqueda que será el encargado de examinar si la petición está fundamentada. En caso de no acceder, el usuario tendrá derecho a acudir a los tribunales para que se estudie el caso y, de tener razón, exigir la retirada al buscador.
Para conocer el punto de partida de esta resolución hay que remontarse seis años atrás. Por entonces el español Mario Costeja recurrió a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para que Google retirara un enlace a una página del periódico La Vanguardia, en el que se reflejaba un anuncio de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo de la Seguridad Social en el que esta persona se vio involucrada en 1998. A pesar de que la deuda estaba ya saldada, Mario continuaba apareciendo en el buscador junto a esta información -con el consiguiente daño que provocaba a su reputación-, por lo que pidió ayuda a la AEPD. Esta agencia solicitó a Google que se eliminaran los citados datos, pero la compañía se negó, alegando que tal movimiento pondría en juego la neutralidad y transparencia del buscador, y decidió recurrir a la Audiencia Nacional.
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