Después de tres años de la aprobación de la ley de los drones, el 25 de octubre el Ministro de Fomento de España por fin anunció que antes de final de año se aprobará la nueva regulación, aquella que nos permitirá volar en zonas donde hasta ahora estaba totalmente prohibido, como por ejemplo zonas urbanas, aglomeraciones de personas y vuelos nocturnos. Seguramente estás buscando que arrojemos algo de luz sobre este tema.
¿Pero qué requisitos debemos cumplir para poder volar en estos nuevos escenarios?
En la nueva regulación seguimos encontrando los mismos dos escenarios anteriores: el vuelo en línea de vista (VLOS) y el vuelo más allá de la línea de vista (BVLOS). Y aunque siguen siendo muy parecidos, hay algunas mejoras que te exponemos a continuación:
Alturas máximas
Hasta ahora solo sabíamos que no podíamos pasar de los 400 pies (120 metros) de altura. Pero ahora en la nueva regulación se mejora lo que ya teníamos: el Dron podrá volar 120 metros por encima de los objetos que estemos sobrevolando siempre y cuando estén a menos de 150 metros del dron. Dicho de otra forma, podremos sobrevolar un edificio 120 metros por encima de él (con los permisos necesarios).
Aeronaves con sistemas Detect and Avoid
Las aeronaves que cuenten con sistemas aprobados por AESA que permitan detectar y evitar a otros usuarios del espacio aéreo, podrán volar en condiciones más allá de la línea de vista (BVLOS) sin la limitación de los 2 Kg.
Aeronaves hasta 10 Kg de peso máximo al despegue
Las aeronaves cuya masa máxima al despegue no supere los 10 Kg de peso podrán operar en zonas habitadas y encima de personas, pero siempre en espacio aéreo no controlado y en el alcance visual del piloto (VLOS). Estas operaciones deberán realizarse como mucho a 100 metros de distancia del piloto y a una altura que no supere los 400 pies sobre el obstáculo más alto dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave.
Este tipo de operaciones deberá realizarse sobre zonas acotadas en superficie por la autoridad competente, o manteniendo una distancia horizontal mínima de seguridad de 150 metros respecto a edificios y de 50 metros a personas que no estén bajo el control del operador.
Realización de vuelos nocturnos
Para poder realizar un vuelo nocturno, será necesaria la autorización expresa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Estudio de seguridad
Una de las novedades de la regulación es la de la realización de un Estudio de Seguridad. Estos estudios contemplan los posibles fallos de la aeronave y sus sistemas de control, y de esta forma AESA verificará que las operaciones son seguras.
Extra
Además, la nueva ley nos permite hacer uso de los RPA en otros escenarios con sus normas y sus permisos correspondientes como, por ejemplo:
Hasta aquí los cambios más destacados de la nueva regulación.
Y si quieres conocer la actual legislación en menos de 20 minutos rellena este pequeño formulario para acceder al vídeo sobre normativa dron. Esperamos que el contenido te resulte de interés.
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¿Pero qué requisitos debemos cumplir para poder volar en estos nuevos escenarios?
En la nueva regulación seguimos encontrando los mismos dos escenarios anteriores: el vuelo en línea de vista (VLOS) y el vuelo más allá de la línea de vista (BVLOS). Y aunque siguen siendo muy parecidos, hay algunas mejoras que te exponemos a continuación:
Alturas máximas
Hasta ahora solo sabíamos que no podíamos pasar de los 400 pies (120 metros) de altura. Pero ahora en la nueva regulación se mejora lo que ya teníamos: el Dron podrá volar 120 metros por encima de los objetos que estemos sobrevolando siempre y cuando estén a menos de 150 metros del dron. Dicho de otra forma, podremos sobrevolar un edificio 120 metros por encima de él (con los permisos necesarios).
Aeronaves con sistemas Detect and Avoid
Las aeronaves que cuenten con sistemas aprobados por AESA que permitan detectar y evitar a otros usuarios del espacio aéreo, podrán volar en condiciones más allá de la línea de vista (BVLOS) sin la limitación de los 2 Kg.
Aeronaves hasta 10 Kg de peso máximo al despegue
Las aeronaves cuya masa máxima al despegue no supere los 10 Kg de peso podrán operar en zonas habitadas y encima de personas, pero siempre en espacio aéreo no controlado y en el alcance visual del piloto (VLOS). Estas operaciones deberán realizarse como mucho a 100 metros de distancia del piloto y a una altura que no supere los 400 pies sobre el obstáculo más alto dentro de un radio de 600 metros desde la aeronave.
Este tipo de operaciones deberá realizarse sobre zonas acotadas en superficie por la autoridad competente, o manteniendo una distancia horizontal mínima de seguridad de 150 metros respecto a edificios y de 50 metros a personas que no estén bajo el control del operador.
Realización de vuelos nocturnos
Para poder realizar un vuelo nocturno, será necesaria la autorización expresa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Estudio de seguridad
Una de las novedades de la regulación es la de la realización de un Estudio de Seguridad. Estos estudios contemplan los posibles fallos de la aeronave y sus sistemas de control, y de esta forma AESA verificará que las operaciones son seguras.
Extra
Además, la nueva ley nos permite hacer uso de los RPA en otros escenarios con sus normas y sus permisos correspondientes como, por ejemplo:
- Pilotaje desde vehículos en movimiento.
- Transferencias de control.
- Sobrevuelo de instalaciones especiales (industrias, defensa, transporte, energía, comunicaciones).
Hasta aquí los cambios más destacados de la nueva regulación.
Y si quieres conocer la actual legislación en menos de 20 minutos rellena este pequeño formulario para acceder al vídeo sobre normativa dron. Esperamos que el contenido te resulte de interés.
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